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El Gobierno elimina trámites para importaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó, a partir del 26 de febrero 2025,  el sistema de recolección de datos e información de las importaciones denominado Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI) mediante la Resolución General 5651/2025.

De esta manera, las declaraciones registradas a través del “Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI) quedan sin efecto al 26 de febrero, fecha de la entrada en vigencia de la norma.

En los considerandos de la resolución se señala que el cumplimiento de las normas técnicas no debe ser condición necesaria para efectuar una declaración de importación, sino que ello debe garantizarse al momento de su uso o comercialización, mediante los controles estipulados a tal fin.

“Que, en consecuencia, habiéndose tornado innecesario recabar información anticipada para fines estadísticos, deviene prioritario continuar implementando políticas de facilitación, a fin de normalizar el comercio exterior, cumpliendo con el acuerdo con la Organización Mundial del Comercio (OMC), cuyo objetivo es garantizar que los intercambios comerciales se realicen conforme los principios antes indicados”.

Otras modificaciones

Paralelamente, el Gobierno tomó otras medidas que también buscan desburocratizar y agilizar la importación, lo que permitirá bajar los precios finales de los productos.

Autos clásicos. El Gobierno cambió al Régimen de Importación de Autos Clásicos con la resolución 24/2025 publicada en el Boletín Oficial. Las modificaciones incluye eliminar requisitos informativos y declaraciones juradas referidas a la tenencia de moneda extranjera certificada por instituciones bancarias, la tasación oficial ex post (la autoridad debe velar por la correcta valoración al momento del despacho) y la Revisión Técnica Obligatoria Especial (la inscripción en el registro ya contempla dicha revisión), al tiempo que amplía el plazo de validez del Certificado de Importación de Vehículos Automotores Modelo de Colección y/o que Revisten Interés Histórico.

Seguridad eléctrica. Mediante la resolución 16/2025, la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación actualizó el Reglamento Técnico de Seguridad Eléctrica, para “modernizar los estándares de calidad y seguridad, bajando los costos y tiempos de la burocracia”, según fundamentó el área. A partir de ahora, se aceptarán los certificados emitidos en el exterior que garanticen la seguridad eléctrica del producto, como por ejemplo que sigan las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC por sus siglas en inglés). También se permitirá el ingreso de fichas con una geometría distinta a la “ficha argentina”.

Protección personal. Paralelamente, con la resolución 18/2025, se actualizó el Reglamento Técnico de Elementos de Protección Personal, con lo cual los certificados nacionales y extranjeros de organismos de certificación acreditados serán tomados como válidos en el país, evitando la duplicación de ensayos y controles ya verificados. La medida se aplica a elementos de prevención contra el ahogamiento por inmersión; de protección auditiva; la indumentaria de protección y equipos de protección contra caída en altura; de protección de la cabeza; respiratoria, total o parcial del rostro, de extremidades y ocular, entre otros.

Cemento. También se cambiaron los requisitos para importar y producir cemento. La resolución 26/2025 permite informes de ensayo y certificados internacionales de organismos reconocidos y aceptados para ser comercializados en países de alta vigilancia y países limítrofes, (Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Uruguay). De la misma manera, busca eliminar gastos en evaluaciones y certificaciones.

Ascensores. A su vez, el Gobierno actualizó el reglamento técnico de ascensores nuevos, componentes de seguridad para ascensores e instalación de los mismos, con el plan de bajar costos, aumentar la oferta y la competencia, con la consecuente baja de precios.

Equipos. De la misma manera, renovó el Reglamento Técnico de las máquinas y equipos, el Reglamento de Medidores de Petróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua, el Reglamento Técnico y Metrológico de “Instrumentos de pesar de funcionamiento no automático”.

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